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El uso racional de la energía
es una necesidad debido
fundamentalmente a la
disponibilidad limitada de
los recursos naturales por un
lado y a la capacidad limitada
de absorción de los gases de
combustión del planeta sin
producir impactos ambientales
significativos por otro.
Constituyendo el sector de
la edificación un importante
consumidor de Energía, que
en Europa se cifra en un 40%
del consumo total, se hace
fundamental la revisión de la
cuantificación del objetivo
del requisito básico de
“Ahorro de Energía” mediante
el uso racional necesaria
para la utilización de los
edificios, reduciendo a límites
sostenibles su consumo,
establecido en el
Código
Técnico de la Edificación
.
Bajo estas premisas y al
amparo de lo dispuesto
en la Directiva relativa a
la eficiencia energética de
los edificios en la que se
establecen las especificaciones
en relación con la aplicación
de los requisitos mínimos
de eficiencia energética de
los edificios, se aprueba una
nueva revisión del CTE por la
que se actualiza el documento
básico DB-HE “Ahorro de
Energía”, del Código Técnico
de la Edificación.
La
Directiva de eficiencia
energética de los edificios
tiene el objetivo de que
todos los edificios de la
administración pública sean
de consumo de energía casi
nulo a partir del año 2018, y
para todos los edificios nuevos
a partir del año 2020, lo que
nos obliga a revisar la anterior
normativa con el objetivo
de alinear los objetivos
estratégicos bajo el concepto
20/20/20:
En esta directiva, se definen
objetivos concretos de
reducción del consumo
energético proveniente de los
edificios con el horizonte del
año 2020 a través de, entre
otras medidas, la proyección
de edificios de consumo de
energía casi nulo por lo que
el aislamiento de los edificios
juega un papel fundamental en
este tipo de construcciones.
Para alinearse con los
objetivos establecidos en la
anterior Directiva, es necesaria
una modificación progresiva al
alza de los actuales requisitos
de aislamiento establecidos
en el Código Técnico de la
Edificación. Además y dado
que actualmente no existe
el indicador directo relativo
a la demanda energética del
edificio, se elimina la opción
simplificada del cálculo de
transmitancia de los elementos
constructivos y se habla
directamente de demanda
energética del edificio
alineándose, así también, con
los requisitos establecidos
en la legislación por la que
se aprueba el procedimiento
básico para la certificación de
la eficiencia energética de los
edificios.
Así mismo, en todo el mundo,
el nivel general de ruido es
alarmantemente alto. Vivimos
en una sociedad ruidosa a
causa, fundamentalmente, del
entorno tecnológico en el que
nos desarrollamos.